Herramientas
Extranjería tiene un problema que no es de información sino de orientación: hay muchísimo escrito, y casi nada te dice cuál de todo eso es tu caso. Estas herramientas hacen solo eso, y te dejan en la guía que te corresponde.
¿Cuántos días de los 90 te quedan?
Tus entradas y salidas de Schengen, y el saldo real de la ventana móvil de 180 días. Cuenta los dos extremos del viaje, como manda el Código de fronteras.
¿Desde cuándo puedes renovar tu tarjeta?
Tu fecha de caducidad, y la ventana real para presentar la renovación. Son dos meses de calendario, no sesenta días: el reglamento que decía eso está derogado.
¿Cuánto tiempo llevas para el arraigo?
El día exacto en que cumples los dos años y a cuál de las cinco figuras llegas. Son dos años, no tres: el reglamento que pedía tres está derogado.
¿NIE, TIE o certificado de registro?
Dos preguntas —de dónde eres y a qué vienes— y el documento que te toca, que no es el mismo para un ciudadano de la Unión que para el resto.
Por qué estas y no un simulador de expedientes
Lo que se puede automatizar sin mentir es lo que sale de una regla escrita. Que un ciudadano de la Unión se registre y no obtenga una tarjeta de residencia no es una práctica ni una estimación: es la diferencia entre el régimen comunitario del Real Decreto 240/2007 y el régimen general de la Ley Orgánica 4/2000. Y la cuenta de los 90 días en 180 es aritmética del artículo 6 del Código de fronteras Schengen, con el día de entrada y el de salida contando los dos. Ninguna de las dos cosas se queda vieja el año que viene.
La del arraigo es el mejor ejemplo de por qué conviene que la regla se pueda enlazar: los dos años de permanencia están escritos en el artículo 126.b) del Real Decreto 1155/2024, y el reglamento anterior pedía tres para el arraigo social. Una calculadora que copiara lo que circula por internet te haría esperar un año de más.
Lo que no vas a encontrar es un simulador de cuánto tardará tu expediente o de si te lo van a conceder. Eso depende de la oficina, del funcionario y de papeles que esta web no ve, así que darte un número sería inventártelo.
Una herramienta no sustituye a leer tu caso
El resultado te dice cuál es la vía general para una situación como la tuya. Hay circunstancias —haber estado irregular antes, tener antecedentes, ser familiar de un español, venir de un país con acuerdo propio— que cambian la respuesta por completo y que ninguna herramienta de dos preguntas puede recoger.
Guía NIE es un medio informativo independiente. No somos un despacho de abogados, ni una gestoría, ni la Policía Nacional, ni la Oficina de Extranjería, y no tramitamos expedientes ni pedimos citas por nadie. La información aquí publicada es general y no sustituye al asesoramiento jurídico sobre tu caso concreto: los requisitos cambian según tu nacionalidad, tu situación y la provincia donde presentes. Antes de tomar una decisión que afecte a tu residencia, consulta a un profesional colegiado o a la propia administración.